El "Régimen Especial de Regularización de Activos" es un régimen legal, y voluntario, que habilita a personas y empresas a declarar y regularizar su situación impositiva en bienes y fondos no declarados previamente, ofreciendo a cambio beneficios fiscales como exención de multas y reducción de impuestos.
En fiwind, con su carácter de Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscripto bajo el N°61 de fecha 5 de Agosto de 2024 en el Registro de PSAV de CNV, podrás adherirte al régimen únicamente con los siguientes criptoactivos:
Bitcoin
Ethereum
USDT
USDC
DAI
BNB
Polygon
Cardano
Solana
Polkadot
Para determinar si te corresponde abonar el impuesto especial por la adhesión al régimen de regularización, deberas valuar tus criptomonedas de dos formas distintas:
Valor de mercado al 31/12/2023, ver tabla a continuación*.
Valor de adquisición de tus cripto a la fecha de compra.
Recorda utilizar el mayor de estos dos para determinar el monto a adherir al blanqueo.
◽ Si la valuación que calculaste fuese equivalente a 100.000 USD o menor, sólo debés remitirnos el F-3320 generado en el portal de AFIP con su correspondiente acuse de presentación.
◽ Si el valor superase los 100.000 USD, deberás remitirnos el F-3320 junto al comprobante del pago por el VEP generado en el portal de AFIP por el adelanto obligatorio del impuesto especial.
*A continuación encontrarás, en carácter informativo, un recuadro con el valor de mercado del día 31/12/2023 de cada criptomoneda disponible en fiwind:
Criptomoneda | Valor nominal en USD del día 31/12/2023 a las 23:59hs |
Bitcoin (BTC) | USD $41.860,74 |
Ethereum (ETH) | USD $2.259,05 |
USDT | USD $0,99 |
USDC | USD $0,99 |
DAI | USD $0,99 |
BNB | USD $308,78 |
Polygon (POL) | USD $0,96 |
Cardano (ADA) | USD $0,58 |
Solana (SOL) | USD $100,70 |
Polkadot (DOT) | USD $8,11 |
Las criptomonedas destinadas al blanqueo durante la segunda etapa del mismo estarán sujetas a los siguientes lineamientos:
Las criptomonedas a regularizar deben estar depositadas en una dirección válida asociada a tu cuenta fiwind antes del día 07/02/2025 inclusive.
Al momento de adherirlas al régimen, deberás contactarte con el área de Compliance o Corporate y presentar la documentación solicitada.
Las mismas quedarán inmovilizadas en tu cuenta fiwind desde que manifiestes la adhesión hasta el día 07/02/2025 inclusive, y se emitirá un certificado* dentro de las 48hs hábiles siguientes para que acredites la titularidad de las mismas ante AFIP.
El día 08/02/2025 tendrás libre disponibilidad de dichas criptomonedas a regularizar.
*El certificado contendrá:
Tus datos personales, el detalle de las criptomonedas a regularizar, la clave pública donde estarán depositadas dichas criptomonedas (Dirección de depósito) y será suscripto por un apoderado de Fiwind LLC como PSAV N° 61.
🔴 Recordá despejar todas tus dudas y asesorarte respecto al régimen con un contador matriculado.
Ante cualquier consulta sobre el protocolo de adhesión en fiwind podés contactarnos a las siguientes casillas de correo 👇
Para consultas relacionadas a Personas Jurídicas: "[email protected]".
Para consultas relacionadas a Personas Físicas: "[email protected]".