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Régimen Especial de Regularización de Activos

Actualizado hace más de 3 meses

El "Régimen Especial de Regularización de Activos" es un régimen legal, y voluntario, que habilita a personas y empresas a declarar y regularizar su situación impositiva en bienes y fondos no declarados previamente, ofreciendo a cambio beneficios fiscales como exención de multas y reducción de impuestos.

En fiwind, con su carácter de Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscripto bajo el N°61 de fecha 5 de Agosto de 2024 en el Registro de PSAV de CNV, podrás adherirte al régimen únicamente con los siguientes criptoactivos:

  • Bitcoin

  • Ethereum

  • USDT

  • USDC

  • DAI

  • BNB

  • Polygon

  • Cardano

  • Solana

  • Polkadot


Para determinar si te corresponde abonar el impuesto especial por la adhesión al régimen de regularización, deberas valuar tus criptomonedas de dos formas distintas:

  1. Valor de mercado al 31/12/2023, ver tabla a continuación*.

  2. Valor de adquisición de tus cripto a la fecha de compra.

Recorda utilizar el mayor de estos dos para determinar el monto a adherir al blanqueo.

◽ Si la valuación que calculaste fuese equivalente a 100.000 USD o menor, sólo debés remitirnos el F-3320 generado en el portal de AFIP con su correspondiente acuse de presentación.

◽ Si el valor superase los 100.000 USD, deberás remitirnos el F-3320 junto al comprobante del pago por el VEP generado en el portal de AFIP por el adelanto obligatorio del impuesto especial.

*A continuación encontrarás, en carácter informativo, un recuadro con el valor de mercado del día 31/12/2023 de cada criptomoneda disponible en fiwind:

Criptomoneda

Valor nominal en USD del día 31/12/2023 a las 23:59hs

Bitcoin (BTC)

USD $41.860,74

Ethereum (ETH)

USD $2.259,05

USDT

USD $0,99

USDC

USD $0,99

DAI

USD $0,99

BNB

USD $308,78

Polygon (POL)

USD $0,96

Cardano (ADA)

USD $0,58

Solana (SOL)

USD $100,70

Polkadot (DOT)

USD $8,11


Las criptomonedas destinadas al blanqueo durante la segunda etapa del mismo estarán sujetas a los siguientes lineamientos:

  1. Las criptomonedas a regularizar deben estar depositadas en una dirección válida asociada a tu cuenta fiwind antes del día 07/05/2025 inclusive.

  2. Al momento de adherirlas al régimen, deberás contactarte con el área de Compliance o Corporate y presentar la documentación solicitada.

  3. Las mismas quedarán inmovilizadas en tu cuenta fiwind desde que manifiestes la adhesión hasta el día 07/05/2025 inclusive, y se emitirá un certificado* dentro de las 48hs hábiles siguientes para que acredites la titularidad de las mismas ante AFIP.

  4. El día 08/05/2025 tendrás libre disponibilidad de dichas criptomonedas a regularizar.

    *El certificado contendrá:
    Tus datos personales, el detalle de las criptomonedas a regularizar, la clave pública donde estarán depositadas dichas criptomonedas (Dirección de depósito) y será suscripto por un apoderado de Fiwind LLC como PSAV N° 61.


🔴 Recordá despejar todas tus dudas y asesorarte respecto al régimen con un contador matriculado.

Ante cualquier consulta sobre el protocolo de adhesión en fiwind podés contactarnos a las siguientes casillas de correo 👇

Para consultas relacionadas a Personas Jurídicas: "[email protected]".

Para consultas relacionadas a Personas Físicas: "[email protected]".

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